GobiernoTransparente
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Denominaci�nPotestadesFuente LegalEnlace
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasEjercer la administraci�n local de la Comuna, satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participaci�n en el progreso econ�mino, social y cultural de la comuna.Art. 1 Ley 18.695, Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasElaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicaci�n deber� armonizar con los planes regionales y nacionales.Art. 3, letra a), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasLa planificaci�n y regulaci�n de la comuna y la confecci�n del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes.Art. 3, letra b), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasLa promoci�n del desarrollo comunitarioArt. 3, letra c), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasAplicar las disposiciones sobre transporte y tr�nsito p�blico, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y las normas t�cnicas de car�cter general que dicte el ministerio respectivo.Art. 3, letra d), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasAplicar las disposiciones sobre construcci�n y urbanizaci�n, en la forma que determinen las leyes, sujet�ndose a las normas t�cnicas de car�cter general que dicte el ministerio respectivo, yArt. 3, letra e), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones PrivativasEl aseo y ornato de la comuna.Art. 3, letra f), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa educaci�n y la cultura.Art. 4, letra a), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa salud p�blica y la protecci�n del medio ambiente.Art.4, letra b) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa asistencia social y jur¡dica.Art. 4, letra c), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa capacitaci�n, la promoci�n del empleo y el fomento productivo.Art.4, letra d) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoEl turismo, el deporte y la recreaci�n.Art. 4, letra e), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa urbanizaci�n y la vialidad urbana y rural.Art.4, letra f) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa construcci�n de viviendas e infraestructuras sanitarias.Art. 4, letra g) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoEl transporte y tr�nsito p�blicos.Art.4, letra h) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa prevenci�n de riesgos y la prestaci�n de auxilio en situaciones de emergencia y cat�strofes.Art. 4, letra i), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoEl apoyo y el fomento de medidas de prevenci�n en materia de seguridad ciudadana y colaborar en su implementaci�n, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del art¡culo 101 de la Constituci�n Pol¡tica.Art.4, letra j) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoLa promoci�n de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.Art. 4, letra k), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Funciones facultativas a desarrollar en el �mbito de su territorio, directamente o con otros �rganos de la administraci�n del EstadoEl desarrollo de actividades de inter�s com�n en el �mbito local.Art.4, letra l) Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.)
Atribuciones esencialesEjecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento.Art. 5, letra a), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesElaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal.Art. 5, letra b), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesAdministrar los bienes municipales y nacionales de uso p�blico, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atenci�n a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administraci�n de estos �ltimos corresponda a otros �rganos de la Administraci�n del Estado. En ejercicio de esta atribuci�n, les corresponder�, previo informe del consejo econ�mico y social de la comuna, asignar y cambiar la denominaci�n de tales bienes. Asimismo, con el acuerdo de los dos tercios de los concejales en ejercicio, podr� hacer uso de esta atribuci�n respecto de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales, en el territorio bajo su administraci�n.Art. 5, letra c), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesDictar resoluciones obligatorias con car�cter general o particularArt. 5, letra d), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesEstablecer derechos por los servicios que presten y por los permisos y concesiones que otorguenArt. 5, letra e), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesAdquirir y enajenar, bienes muebles e inmueblesArt. 5, letra f), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesOtorgar subvenciones y aportes para fines espec¡ficos a personas jur¡dicas de car�cter p�blico o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. Estas subvenciones y aportes no podr�n exceder, en conjunto, al siete por ciento del presupuesto municipal. Este l¡mite no incluye a las subvenciones y aportes que las municipalidades destinen a las actividades de educaci�n, de salud o de atenci�n de menores que les hayan sido traspasadas en virtud de lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N�1?3.063, de Interior, de 1980, cualesquiera sea su forma de administraci�n, ni las destinadas a los Cuerpos de Bomberos. Asimismo, este l¡mite no incluye a las subvenciones o aportes que las Municipalidades de Santiago, Providencia y Las Condes efect�en a la "Corporaci�n Cultural de la I. Municipalidad de Santiago", para el financiamiento de actividades de car�cter cultural que beneficien a los habitantes de dichas comunasArt. 5, letra g), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesAplicar tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificaci�n local y est�n destinados a obras de desarrollo comunal, para cuyo efecto las autoridades comunales deber�n actuar dentro de las normas que la ley establezcaArt. 5, letra h), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesConstituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoci�n y difusi�n del arte y la cultura. La participaci�n municipal en estas corporaciones se regir� por las normas establecidas en el P�rrafo 1� del T¡tulo VI de la Ley 18.695Art. 5, letra i), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesEstablecer, en el �mbito de la comuna, o agrupaci�n de comunas, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de propender a un desarrollo equilibrado y a una adecuada canalizaci�n de la participaci�n ciudadana.Art. 5, letra j), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Atribuciones esencialesAprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de las comunas que formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, y pronunciarse sobre el proyecto del plan regulador comunal o de plan seccional de comunas que no formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal.Art. 5, letra k), Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesAtribuciones no esenciales que le confieren las leyes o que versen sobre materias que la Constituci�n Pol¡tica de la Rep�blica expresamente ha encargado sean reguladas por la ley com�n.Art.5 inciso segundo, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesColaborar en la fiscalizaci�n y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la protecci�n del medio ambiente, dentro de los l¡mites comunales.Art.5 inciso tercero, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesAsociarse entre Municipalidades para el cumplimiento de sus fines propios , de acuerdo con las reglas establecidas en el P�rrafo 2� del T¡tulo VI de la Ley 18.695.Art.5 inciso quinto, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesCelebrar convenios con otros �rganos de la Administraci�n del Estado en las condiciones que se�ale la ley respectiva, sin alterar las funciones y a tribuciones que corresponden al Municipio.Art.8 inciso primero, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesCelebrar contratos que impliquen la ejecuci�n de acciones determinadas, a fin de atender las necesidades de la comunidad local.Art.8 inciso segundo, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesOtorgar concesiones para la prestaci�n de determinados servicios municipales o para la administraci�n de establecimientos o bienes espec¡ficos que posean o tengan a cualquier t¡tulo.Art.8 inciso tercero, Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.
Otras AtribucionesDesarrollar actividades empresariales o participar en ellas s�lo si una ley de qu�rum calificado la autoriza.Art.11 Ley 18.695 Org�nica Constitucional de Municipalidades.


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